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Hemos recibido una esperada noticia, la creación de UPAAT (Unión Profesional de Aparejadores y Arquitectos Técnicos), de la que el usuario tallerarqtec nos había informado previamente. Os adjuntamos el email con el que se presentan:
Estimados compañeros Aparejadores y Arquitectos Técnicos:
Nos encontramos en un momento crucial en el que hasta nuestros propios colegios nos dicen que no podemos ejercer si no poseemos el titulo de grado (ver http://www.coaatc.es/titulacion.asp ). Es decir; que si no pagamos el impuesto revolucionario de los cursos de adaptación, nuestros propios colegios que pagamos y mantenemos nos considerarán no habilitados para ejercer nuestra profesión de Arquitectos Técnicos.
Nos encontramos en el momento en que ó luchamos por nuestra profesión ó no echan de nuestra propia casa.
Como todos sabréis; Se están celebrando en estas fechas las asambleas generales ordinarias de casi todos los colegios. Es el momento de ponernos de pie y que se escuche nuestra voz.
Se pretende remitir a todas las asambleas posibles un manifiesto en defensa de nuestra profesión y nuestra titulación, por lo que necesitamos toda la ayuda posible. Necesitamos compañeros que se impliquen en la coordinación de la convocatoria dentro de su colegio, y lo más importante, necesitamos que todos acudáis a las asambleas con el fin de apoyar el manifiesto y que este sea vinculante.
Compañeros, es ahora ó nunca. Es luchar por seguir siendo lo que somos ó desaparecer.
Aquellos que estén dispuestos a trabajar por su profesión se deben dirigir a los siguientes correos, según su lugar de residencia, indicando su delegación colegial:
upaat_norte@terra.es
upaat_centro@terra.es
upaat_sur@terra.es
upaat_este@terra.es
upaat_oeste@terra.es
Entre todos lo conseguiremos.
Miguel A. Perea (UPAAT) Unión Profesional de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
Tras haber discutido una serie de condicionantes en el foro, desde aquí creemos que esta asociación merece todo nuestro apoyo, y que, como dicen, es el momento de que Aparejadores, Arquitectos Técnicos y estudiantes de Arquitectura Técnica nos movamos.
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Unos cuantos compañeros me han preguntado personalmente si sabía algo al respecto de las clases de tercero el año que viene, y, aunque ya no estoy en la delegación, me he acercado a administración para unas gestiones personales y preguntar sobre este tema, sobre el que parece que hay bastante rumorología, y...
... si, el año que viene habrá clases de tercero de Arquitectura Técnica. Las dudas que me han surgido a mi y que me han solucionado son:
- ¿Habrá clases de tercero solo para los que se matricularon de todo el año pasado? No, si no te matriculaste el año pasado de alguna asignatura, este año te podrás matricular y tendrás clases presenciales
- Entonces... ¿que pasa con los nuevos cursos de Ingeniería de Edificación? La implantación de IE sigue según lo previsto, con la implantación de los nuevos cursos.
Solucionados estos temas, también quería mentar algo: esto ha sido un cambio de la reglamentación de la implantación que se ha decidido este año. A la gente que fue a delegación el año pasado preguntando si se tenían que matricular de todo y le dijeron que si, entiendo que se sienta engañada, pero esto ha sido una decisión que se ha tomado este curso sobre la marcha, la delegación no tenía ni tiene ningún interés en que vosotros os matriculárais de mas asignaturas de las que pensábais preparar.
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Lola nos envía la quinta conclusión extraída por juristas de la sentencia del TSJ sobre la adaptación de Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación:
Nada obliga legalmente a imponer por parte de las universidades una formación adicional a los titulados en Arquitectura Técnica que pretendan una convalidación automática de su título al de Grado en Ingeniería de Edificación. Conforme al principio general del Derecho "ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus", entiendo que nada impide en la Ley que pueda existir una convalidación directa, con lo que a "sensu contrario" significa que es legalmente posible la convalidación directa en este caso. La convalidación o retitulación directa del título de Arquitecto Técnico al Grado en Ingeniería de Edificación, es totalmente posible en nuestro Ordenamiento Jurídico, tratándose exclusivamente de una cuestión de voluntad de quienes tienen las facultades y el poder para hacerlo posible. Un ejemplo es el Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa sobre el reconocimiento de títulos y grados de la enseñanza superior, hecho "ad referéndum" en Girona el 16 de noviembre de 2006 y publicado en el Boletín Oficial del Estado número 38/20008, de 13 de Febrero de 2008, en el cual el propio Gobierno Español reconoce como Grado a títulos franceses que son de 180 ECTS, por lo que perfectamente los títulos de Arquitectura Técnica podrían ser reconocidos o convalidados directamente como Grado (ver Anexo 7).
Difunde esto entre arquitectos técnicos y aparejadores, la adaptación directa es sólo cuestión de voluntad institucional, no de cuestiones educativas ni legales (más información en www.adate.es)
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Pichardo nos envía las cábalas que se están haciendo -desde ADATE- al respecto de la anterior noticia sobre el TSJ y la anulación del Grado en Ingeniería de Edificación:
- Empezar de nuevo con todo el proceso: Reserva de Nombre, Aprobación del nombre y publicación en el BOE, Aprobación por ANECA de la titulación, Redacción de los planes de estudio por parte de las Universidades, Aprobación de los planes de estudio por parte de ANECA e implantación de los planes de estudio por parte de Las universidades. Evidentemente este proceso es largo y el tiempo corre en contra suya. Además ADATE como representante de mas de 7000 profesionales implicados puede exigir formar parte de todo el proceso con lo que se pueden imponer algunos de nuestros criterios.
- La otra opción y mas rápida es que Arquitectura Técnica pase a ser un grado con una simple ampliación de los créditos necesarios para tal titulación. En este caso como no puede haber dos titulaciones con el mismo nombre, automáticamente todos pasaremos a ser grado y no sería siquiera necesaria la adaptación. Esto mismo paso con el anterior cambio de Plan de Estudios.
Desde aquí, nos cuesta muchísimo creer que no tengáis una opinión formada al respecto, así que os animamos a opinar en los comentarios.
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Os copiamos/pegamos la resolución del Tribunal Supremo sobre I.E, pero como resumen os comentamos que la sentencia sólo afecta al nombre del Grado y no hace que convaliden directamente Arquitectura Técnica a Ingeniería de Edificación:
La Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, de fecha 9 de marzo de 2010, en sus fundamentos jurídicos coincide con una de los argumentos que hasta día de hoy ha defendido ADATE, y que respalda y argumenta el propio Dictamen Jurídico elaborado por BELLVEHÍ ADVOCATS, respecto a qué la denominación del título de Graduado en Ingeniería de Edificación vulnera el apartado 1 de la disposición adicional decimonovena de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, al inducir a confusión respecto de la profesión por la cual habilitaba, la de Arquitecto Técnico. Dicho precepto legal dispone que “la denominación de los títulos universitarios oficiales... deberá facilitar la identificación de la profesión para cuyo ejercicio habilita y en ningún caso, podrá conducir a error o confusión sobre sus efectos profesionales”. Otro argumento hasta ahora defendido por ADATE y por el Dictamen Jurídico de BELLVEHÍ ADVOCATS también ha sido utilizado por la indicada sentencia del Tribunal Supremo, concretamente, la resolución judicial dispone que no existe la profesión regulada de “Ingeniero de la Edificación” sino la profesión regulada de “Arquitecto Técnico”. Consecuencia de los dos argumentos descritos el Tribunal Supremo ha fallado en: Anular el punto Segundo (Denominación del título), apartado 3 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007 por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico, en lo que se refiere a la denominación de “Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación”. Anular la idéntica denominación de “Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación” en la Orden Ministerial ECI/3855/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los título universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico (Apartado 1.1 –Denominación- punto 3). Finalmente cabe resaltar, a fin de evitar interpretaciones erróneas, que la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, de fecha 9 de marzo de 2010, en ningún caso otorga la convalidación directa a Grado a los titulados en Arquitectura Técnica y/o Aparejadores, principal objetivo y reivindicación de ADATE.
Más información en www.adate.es
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lizardking: Comunicado de la UPAAT (15/8) kupros: El año que viene SI habrá clases de terc (14/6) Anónimo: Charla de fachadas ventiladas (21/5) Anónimo: (3/5) Ruben: La polémica de Valorio (II) (25/2)
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